Ciudadanía Costarricense (Naturalización) por Residencia

¿Qué necesita saber si desea obtener su Ciudadanía (Naturalización) de residencia en Costa Rica?

Muchos inmigrantes finalmente dan el paso final de la inmigración a Costa Rica y se convierten en ciudadanos naturalizados. Primero hay que pasar por la Residencia Temporal y luego por la Permanente antes de solicitar la Ciudadanía. Una cosa buena de obtener la ciudadanía es que no es necesario renovarla, como ocurre con el estatus de residencia temporal o permanente. Además, para obtener todos los beneficios como costarricense también se obtiene el pasaporte costarricense.

Costa Rica permite la doble nacionalidad


¿Qué necesita para obtener el estado permanente en Costa Rica?

Ciudadanía por Residencia:

  • 7 años viviendo en Costa Rica como residente legal (5 años si eres ciudadano de un país centroamericano, ciudadano de ciertos países latinoamericanos o ciudadano español por nacimiento).
  • Debe demostrar que ha vivido en Costa Rica durante el tiempo acumulado mediante el registro de entradas y salidas de inmigración.
  • 2 declaraciones de testigos de carácter.
  • Prueba de medios de vida financieros, como una certificación de ingresos de un contador público.
  • Certificado de nacimiento del país de origen, apostillado o legalizado (en la mayoría de los casos, puede omitir este requisito si se encuentra en su expediente de inmigración).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, apostillado o legalizado, expedido en los últimos 3 meses.
  • Realización de la prueba de ciudadanía - español y estudios sociales (los solicitantes mayores de 65 años están exentos de esta prueba).

Ciudadanía por Matrimonio :

  • 2 años viviendo en Costa Rica casado con un ciudadano costarricense.
  • Prueba de haber vivido en Costa Rica por el tiempo acumulado a través del registro de entradas y salidas migratorias.
  • Partida de nacimiento del país de origen, apostillada o legalizada.
  • Comprobante de Antecedentes Penales del país de origen, Apostillado o Legalizado, emitido dentro de los últimos 3 meses.

Note:

  • Todos los documentos deberán ser apostillados en su país de origen (si su país de origen no forma parte del Convenio de la Apostilla, los documentos deberán ser autenticados o legalizados en la Embajada de Costa Rica en su país de origen).

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El Gobierno y otros gastos asociados a su residencia no están incluidos.

Además de nuestras tarifas de servicio, es fundamental tener en consideración que habrá cargos gubernamentales y algunos costos extra. Estos comprenden gastos de traducciones al Español de los documentos que se encuentra en otro idioma, obtener una cita para trámites de inmigración, citas locales para la toma de huellas dactilares y citas para Casa Amarilla.

JAROS Costa Rica Expertos en Inmigración, le ofrece el servicio local de tramitar y traer la documentación requerida.

¡Así que ya tiene su Residencia en Costa Rica! Recuerde, que después de un cierto período de tiempo tendrá que proceder a la renovación de su residencia.

Haga clic aquí para obtener más información sobre el Convenio de la Apostilla y comprobar si su país de origen es parte en él. Entre las excepciones notables figuran Canadá y China.